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Beneficios tributarios para pymes: todo lo que debes saber

Los beneficios tributarios son medidas que buscan rebajar el pago de algún gravamen. Pueden estar en forma de deducciones, exenciones, tratamientos tributarios especiales, tasas reducidas o créditos, entre otros.

Aunque la mayoría de beneficios tributarios están dirigidos a empresas grandes, es posible destacar dos importantes sucesos: la creación de los regímenes tributarios Pro-Pyme General y Transparente y la modificación de la Ley de Donaciones.

1. Pro-Pyme General

En el marco dela modernización tributaria en la ley 21.210, encontramos este régimen tributario que está dirigido a empresas que llevan una contabilidad completa o simplificada y están afectas al Impuesto de Primera Categoría. Para optar al régimen Pro-Pyme General, tu negocio no debe superar los 75 mil UF de ingresos brutos combinados con ingresos de sus relacionados en los últimos 3 años.

La pyme tendrá un capital propio tributario simplificado y podrá optar a depreciación instantánea. Además, es posible destacar los siguientes beneficios para pymes:

  • Accede a una tasa reducida del impuesto de Primera Categoría correspondiente al 10%, la que luego subirá a 12,5% en la Operación Renta 2025 y subirá a 25% en la siguiente.

  • La tasa de pagos provisionales mensuales será de 0,25% el primer año, y se mantendrá en ese porcentaje si tus ingresos brutos del año anterior se mantienen por debajo de las 50 mil UF. De lo contrario, la tasa aumentaría al 0,5%.

  • Tendrá la posibilidad de reconocer como gasto los insumos o existencias de tu negocio al final del año comercial.

  • Acceso a un informe de situación tributaria para postular a financiamientos.

  • Acceso a asesoramiento de la Defensoría del Contribuyente.

2. Pro-Pyme Transparente

Al igual que el régimen Pro-Pyme General, las pymes con ventas que promedien 75.000 UF en los últimos tres años o 85.000 UF en un sólo año pueden optar a ser Pro-Pyme transparente. Este régimen tributario tiene como principal beneficio tributario la exención del impuesto de primera categoría. En cambio, los dueños tributarán con sus impuestos finales con base en el resultado tributario de la pyme.

3. Ley de Donaciones

En 2022, la Ley 21.440 creó un nuevo régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro y de beneficio público. La ley amplió los criterios para potenciales donadores y los criterios para acogerse al beneficio.

Cualquier empresa contribuyendo con Impuesto de Primera Categoría, pymes cuyos dueños tributan con Impuesto Global Complementario, personas naturales con trabajo dependiente, y contribuyentes del Impuesto Adicional pueden ser donantes.

Los beneficios que tu negocio puede recibir son las siguientes:

  • La donación estará exenta al impuesto a las donaciones establecido en la Ley N°16.271 sobre Impuestos a la Herencia.

  • La donación estará liberada del trámite de insinuación que contemplan los artículos 1401 y siguientes del Código Civil y en los artículos 889 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

  • Los donantes podrán deducir como gasto el monto de la donación de la base imponible del impuesto que corresponda, con límites indicados según el tipo de contribuyente.

Subsidios y bonos disponibles para pymes

Además de los beneficios tributarios previamente mencionados, también es importante destacar otros recursos financieros gubernamentales a los que puedes postular. Estos préstamos para pymes o subsidios pueden ser reembolsables o no dependiendo de las condiciones de la postulación.

Por ejemplo, una de las agencias del gobierno más conocidas en este ámbito es CORFO, cuyos fondos concursables están enfocados en el apoyo e impulso de pequeñas y medianas empresas. Puedes revisar las convocatorias abiertas en su sitio web. También destacamos:

  • Capital Semilla Emprende: es un fondo concursable otorgado por Sercotec para apoyar las etapas iniciales de nuevos negocios, dividido entre acciones de gestión empresarial e inversiones. Las convocatorias son anuales, con un periodo de postulación que ronda los 3 meses, y los fondos están disponibles según región.

  • Capital Abeja Emprende: este subsidio de $3,5 millones está dirigido a emprendimientos liderados por mujeres, entregándoles este para implementar sus proyectos de negocio a través de un plan de trabajo con adquisición de bienes y acciones de gestión empresarial. Las emprendedoras deberán entregan un aporte en efectivo según dicten las bases.

  • Crece: Es un subsidio pensado para impulsar el crecimiento de las pymes, ya sea a través de capacitaciones, esfuerzos de marketing, compra de activos o habilitación de infraestructura, entre otros. Actualmente ofrece $5.000.000 no reembolsables, donde la empresa tendrá que aportar un 5% y financiar los impuestos asociados al proyecto.

  • Fondo para Negocios Asociativos: está dirigido para grupos de al menos tres micro y pequeñas empresas o cooperativas que buscan oportunidades de financiamiento en conjunto. El apoyo contempla fondos para el análisis de factibilidad del negocio en conjunto y el desarrollo del plan de trabajo.

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Soledad HormazábalLíder de contenidos en SumUp Chile ✍🏻