Términos y condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO CONTRATO DE APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS SUMUP

SumUp Chile Blue SA, en adelante “SumUp”, domiciliada en Avenida Apoquindo 3885, piso 18, de la comuna de Las Condes, rol único tributario N° 77.528.384-K, es una sociedad anónima especial no bancaria, autorizada para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos y registrada como tal en el Registro Único de Emisores de Tarjetas de Pago a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”) de conformidad a la ley 20.950 (en adelante, la “Ley”). Por tanto, nos encontramos autorizados a recibir dineros del público solo con el objeto de destinarlo al uso que acorde a la Ley se les pueden dar.

El presente instrumento establece los términos y condiciones para la apertura de una cuenta de provisión de fondos y la emisión de una tarjeta de pago con provisión de fondos indicada en el presente instrumento (en adelante e indistintamente, el “Contrato” o los “Términos y Condiciones”). Estos Términos y Condiciones serán aplicables a toda persona natural o jurídica que complete el Registro, suscriba los Términos y Condiciones y que cumpla con los requisitos establecidos en dichos documentos.

La aceptación de estos Términos y Condiciones con tu firma electrónica constituye un contrato celebrado en forma no presencial o por medios tecnológicos, previo a la apertura de la cuenta de provisión de fondos y la emisión de la tarjeta de pago con provisión de fondos. La no aceptación íntegra de estos Términos y Condiciones por tu parte significa que no estás de acuerdo con los mismos y, en consecuencia, que no llegará a existir un contrato alguno entre ti y nosotros.

PRIMERO: SERVICIOS.

1.1  SumUp pondrá a tu disposición una plataforma digital que permite hacer uso de una tarjeta de pago con provisión de fondos emitida en forma virtual por SumUp en virtud del presente Contrato. Sin perjuicio de lo indicado, SumUp podrá habilitar operaciones distintas a las señaladas, tales como consulta de saldo, estados de cuenta, centro de ayuda al cliente, y en general, el uso de las tarjetas como medio de pago, las que te serán debidamente informadas (los “Servicios”) .

1.2  Para utilizar por primera vez los Servicios, se requiere que instales la Aplicación (“App”), acceder a un determinado sitio web y/o hacer uso de cualquier otro medio tecnológico habilitado por SumUp y seguir las instrucciones que te permitirán configurar los Servicios; y que éste o estos a su vez cuenten con acceso a internet a través de un plan de datos u otro plan de conexión a banda ancha, cuya contratación y pago será de tu cargo y responsabilidad. En los ingresos siguientes, deberás acceder mediante los mecanismos de autentificación dispuestos por SumUp, los que podrán consistir en una clave secreta creada por ti, autentificación biométrica o cualquier otro mecanismo que SumUp implemente en lo sucesivo en conformidad con las mejores prácticas internacionales y el desarrollo tecnológico.

1.3  SumUp podrá ampliar las funcionalidades de los Servicios en la medida que ello implique para ti un mejor aprovechamiento de los productos y servicios descritos en el presente Contrato, o tenga por objeto optimizar la calidad del servicio. Si fuere necesario, SumUp podrá efectuar una actualización de los Servicios con tal objeto, informándote previamente acerca de las mejoras y modificaciones introducidas en la nueva versión, así como de las modificaciones que tales nuevas funcionalidades implicarán respecto a los términos y condiciones que se encuentren vigentes.

1.4  Existiendo una nueva actualización disponible por parte de SumUp referida a la ampliación de las funcionalidades que impliquen mejor aprovechamiento de los productos y servicios del presente contrato o que tenga por objeto la optimización de la calidad de servicio, la aceptación de dicha actualización será una condición para el uso de los Servicios por tu parte.

1.5  Las tarifas que deberás pagar a SumUp por el Servicio pactado corresponden al cobro de una comisión en los términos señalados en la cláusula sexta de este Contrato.

SEGUNDO: SOLICITUD DE LOS SERVICIOS (“REGISTRO”)

2.1  En este acto y en conformidad a la información provista para tu registro en la App, el sitio web y/o cualquier otro medio tecnológico habilitado por SumUp, y en la medida que tengas 18 o más años de edad, solicitas a SumUp la contratación de una cuenta de provisión de fondos y la emisión de una tarjeta de pago con provisión de fondos y demás servicios indicados en este Contrato.

2.2  Asimismo, declaras que te has informado previamente acerca de los servicios, operación y procedimientos establecidos en este Contrato y sus documentos complementarios y has tomado conocimiento de las obligaciones y responsabilidades asumidas al suscribirlos y solicitar los Servicios, manifestando tu adhesión al mismo en todos sus términos y condiciones, sin restricciones ni reservas de ningún tipo. Al suscribir este Contrato, declaras que:

(i)              Has recibido el texto íntegro de este Contrato, el que has leído y entendido;

(ii)             Los antecedentes consignados en el Registro son verídicos; y

(iii)            Aceptas expresamente que tales antecedentes se consideran esenciales para la celebración de este Contrato.

2.3  En caso que SumUp constate que entregaste antecedentes incompletos, inexactos, falsos o adulterados, o te niegues a entregar la información y datos requeridos para la prestación de los Servicios objeto de este Contrato, SumUp queda facultado para suspender la prestación de los mismos o poner término unilateral a esta relación contractual, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.

2.4  Deberás mantener siempre actualizados tus datos de Registro ante SumUp, realizando las modificaciones que sean necesarias en el sitio web o a través de nuestros canales de soporte.

2.5  Asimismo, responderás íntegra y exclusivamente de las consecuencias originadas por la entrega de datos incompletos, inexactos, falsos o adulterados.

2.6  Una vez te hayas registrado, SumUp verificará el cumplimiento de las condiciones objetivas que te habilitan para contratar los Servicios, quedando SumUp autorizada para verificar a través de medios legales y administrativos, la veracidad de los datos, información y documentos que hayas entregado.

2.7  Deberás crear tu cuenta en la App o a vía telefónica con nuestros agentes (la “Cuenta”), a la que podrás acceder mediante un correo electrónico (“Nombre de Usuario”) y clave personal (“Contraseña”), los que serán definidos por ti, constituyéndote en el único responsable de la debida utilización de tal Contraseña, de su custodia y de las operaciones que mediante ella se ejecuten, así como de dar a conocer la misma a terceros.

2.8  Asimismo, serás exclusivamente responsable para garantizar que la información de acceso a tu Cuenta se mantenga en reserva. En caso que sospeches o tomes conocimiento que tu Cuenta ha sido utilizada sin tu autorización, deberás notificar inmediatamente a SumUp y proceder a modificar tu clave de acceso.

2.9  Concluida la apertura de la Cuenta, recibirás por correo electrónico la confirmación de la apertura exitosa de tu cuenta, así como el documento de Términos y Condiciones.

TERCERO: CUENTA CON PROVISIÓN DE FONDOS (“CPF”).

3.1  Por medio del presente Contrato, solicitas a SumUp la apertura de una cuenta de provisión de fondos en tu nombre, pasando a ser su titular. La CPF tiene por único y exclusivo objeto la recepción de fondos destinados a provisionar una o más tarjetas de pago con provisión de fondos asociadas a la CPF. SumUp responderá en todo momento por los recursos captados cuyo saldo se registre en la CPF.

3.2  La CPF se regirá por las normas establecidas en la Ley, en el capítulo III.J.1.3 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y por las normas establecidas en Circular N°1 para Emisores no bancarios de tarjetas de pago dictada por la CMF.

3.3  El saldo disponible en la CPF solo podrá ser destinado por SumUp a efectuar los pagos que ordenes mediante el uso de la tarjeta de pago con provisión de fondos asociada a la CPF en conformidad al presente Contrato, al cargo de las comisiones que procedan o al reembolso de los recursos recibidos de tu parte.

3.4  Los fondos que se abonen a la CPF no serán susceptibles de embargo, medida prejudicial o precautoria u otras limitaciones al dominio emanadas de obligaciones asumidas por SumUp distintas de las señaladas en el párrafo precedente.

3.5  Los fondos depositados en la CPF no devengarán intereses ni se reajustarán en forma alguna. Los recursos que se mantengan en las CPF abiertas en SumUp solo serán en pesos chilenos.****

3.6  Abonos. En la medida en que SumUp lo haya habilitado, podrás efectuar abonos a la CPF mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

(i)              La entrega o depósito de dinero en efectivo;

(ii)             La instrucción de transferencias electrónicas de fondos desde Cuentas Corrientes Bancarias, Cuentas de Ahorro a la Vista de que trata el Capítulo III.E.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, Cuentas a la Vista a que se refiere el Capítulo III.B.1.1 del mismo;

(iii)            Abonos con cargo a otras tarjetas con provisión de fondos a que se refiere el Capítulo III.J.1.3 del mismo compendio, abiertas por SumUp;

(iv)           Mediante una combinación de las modalidades anteriores, incluyendo, pero no limitado a la posibilidad de efectuar abonos por intermedio de procesadores o concentradores de medios de pago con quienes SumUp mantenga convenio; o bien

(v)             Por abonos realizados por medio de tarjeta de crédito según lo establece el Capítulo III.J.1.

3.7  Los abonos señalados podrán efectuarse, según corresponda y en la medida que se encuentren habilitados por SumUp, por caja, a través de cajeros automáticos, mediante sistemas de transferencias electrónicas de fondos habilitados o empleando, en su caso, las corresponsalías de que dispusiere SumUp.

3.8  Deberás utilizar los procedimientos y mecanismos de autenticación y seguridad que SumUp hubiere dispuesto para cada canal, así como aquellos implementos complementarios habilitados al efecto, tales como claves personales de acceso, tarjetas de coordenadas y mecanismos de autenticidad similares que de tiempo en tiempo puedan implementarse por SumUp en conformidad con las mejores prácticas internacionales, todos los cuales serán previamente informados por SumUp.

3.9  Restitución de los fondos. Como titular de la CPF tendrás derecho a solicitar a SumUp, en cualquier momento, la restitución total o parcial de los fondos provisionados en ella, sin reajustes ni intereses, ya sea en dinero efectivo o, para fines del término del Contrato, mediante el abono del saldo disponible en una cuenta corriente bancaria nacional, en una cuenta a la vista o en otra CPF. La restitución se efectuará una vez deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado a SumUp.

3.10         Régimen legal de caducidad de los depósitos. Los fondos mantenidos en las CPF estarán sujetos al sistema de caducidad de depósitos, captaciones y acreencias previsto en el artículo 156 de la Ley General de Bancos y en el capítulo 2- 13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF.

CUARTO: TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS

4.1  SumUp emitirá, nominativamente, es decir, a tu nombre, una tarjeta de pago con provisión de fondos (en adelante, la “Tarjeta”), según los términos que se detallan más adelante, cuyo uso te permitirá disponer del dinero que se encuentre depositado en la CPF en conformidad con los términos previstos en el presente Contrato y la normativa vigente.

4.2  El uso de la Tarjeta se limita a la adquisición de bienes, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliadas a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago. Estos establecimientos, servicios e instituciones informarán oportunamente su aceptación del medio de pago disponible que se describe en este Contrato.

4.3  Desde tu CPF podrás realizar transferencias electrónicas de fondos, y, adicionalmente, SumUp podrá habilitar la realización de giros en cajeros automáticos y compras presenciales, o cualquier otra modalidad de uso de la Tarjeta, todo de conformidad a las reglas que se establecen en este Contrato. Las nuevas modalidades de uso te serán informadas oportunamente, ya sea a través de la App, nuestra página web, nuestras redes sociales o cualquier otro medio que SumUp habilite y disponga para tal efecto de tiempo en tiempo.

4.4  Podrás usar la Tarjeta como medio de pago en todas aquellas entidades afiliadas que acepten la Tarjeta como tal.

4.5  Con la Tarjeta podrás:

(i)              Adquirir bienes, pagar servicios y efectuar compras en forma no presencial, en sitios web, aplicaciones móviles y otras plataformas de comercio electrónico que acepten la Tarjeta como medio de pago; y

(ii)             Realizar pagos no presenciales en general, sin perjuicio de las demás prestaciones complementarias que SumUp implemente, previa autorización de la CMF. Lo anterior.

4.6  Si realizas operaciones en pesos chilenos, su pago se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF en una cantidad igual al monto a que ascienda el precio o contraprestación por la operación respectiva, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato y la normativa vigente al tiempo de efectuarse la operación; y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

4.7  El saldo o disponibilidad efectiva para realizar pagos de una Tarjeta corresponderá al monto neto de los abonos y cargos registrados en la CPF. Si el saldo disponible fuere inferior al monto de la respectiva operación, ésta no podrá ser realizada y no será cargada a la CPF ni aun en forma parcial.

4.8  SumUp no dará curso a una operación cuando el saldo disponible en la CPF resulte insuficiente para su realización y deberá velar porque el saldo en la CPF nunca sea negativo.

4.9  En cambio, si realizas operaciones en moneda extranjera, su pago se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF, en una cantidad equivalente al monto que sea necesario para adquirir la totalidad de la respectiva moneda extranjera a que ascienda el precio o contraprestación por la operación correspondiente, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato, a la normativa local y extranjera que resulte aplicable a la transacción internacional y al contrato celebrado por ti con dicha entidad extranjera y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

4.10         Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, por este acto confieres un mandato especial y gratuito a SumUp para que, en tu nombre y representación, y a tu cuenta y riesgo, debite desde tu CPF la suma que fuere necesaria para adquirir la respectiva moneda extranjera, conforme al tipo de cambio que, al tiempo de celebrarse dicha operación, SumUp informe en la App o cualquier otro medio tecnológico habilitado por SumUp para tal efecto, y efectúe el pago al comercio extranjero con quien hayas realizado la operación en moneda extranjera. Si, voluntariamente, utilizas tu Tarjeta en el comercio internacional para la adquisición de bienes o el pago de servicios en las entidades afiliadas al respectivo medio de pago, se entenderá que has aceptado el referido tipo de cambio. En el ejercicio de su mandato, SumUp podrá realizar debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos o indebidamente asentados en tu CPF.

4.11         SumUp te dará cuenta de la ejecución del mandato contenido en la cláusula 4.7 precedente a través de su App, a la cual podrás acceder cada vez que lo requieras. La información incluirá el detalle que se indica en las cláusulas 4.15 y 4.16 procedentes.

4.12         Por este acto, SumUp acepta expresamente el mandato especial que por el presente Contrato se le confiere, en los términos, con las facultades y sujeto a las obligaciones que en éste se expresan.

4.13         Serán de tu cargo exclusivo los gastos, impuestos, derechos notariales y de registro e inscripciones, como, asimismo, cualquier desembolso de cualquier naturaleza que esté relacionado con el otorgamiento, o registro de este mandato, así como aquellos derivados de escrituras públicas complementarias que pueda ser necesario otorgar en orden a clarificar, rectificar, complementar o modificar el presente instrumento.****

4.14         Crédito o sobregiros asociados y reverso de transacciones. Este Contrato no comprende en forma alguna el otorgamiento de modalidades de crédito o sobregiros asociados a la Tarjeta o a la CPF, cualquiera sea su forma de emisión. Por medio de este Contrato autorizas e instruyes expresamente a SumUp a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos, o transacciones anuladas, canceladas o indebidamente asentadas en tu CPF.****

4.15         Estados de Cuenta. El uso de la Tarjeta y de la CPF será informado permanentemente en la App y en la página web, donde se podrá acceder al estado de cuenta existente hasta la fecha y encontrar toda la información de las transacciones realizadas y los saldos disponibles 24/7, con el detalle respectivo de sus glosas.

4.16      Los Estados de Cuenta contendrán, a lo menos, el detalle mensual acerca de los giros o abonos realizados, el saldo vigente al inicio del período y el vigente a la fecha de su emisión, costos, cargos, comisiones o impuestos que se hayan pagado desde el día inmediatamente siguiente al periodo incluido en el último Estado de Cuenta. Los Estados de Cuenta serán emitidos dentro de los primeros 5 días hábiles del mes y te serán informados a la dirección de correo electrónico registrada en tu Cuenta.

4.17         Clases de Tarjetas.

4.18   Tarjeta virtual business prepago: Se trata de una tarjeta de prepago, es decir, utiliza los fondos que se encuentran en la Cuenta de Provisión de Fondos asociada. Es del tipo business, lo que significa que está orientada a empresas o comercios. Esta tarjeta es del tipo virtual, no hay una tarjeta física y los datos pueden visualizarse en la aplicación móvil de SumUp.

QUINTO: VIGENCIA

5.1  El presente Contrato es obligatorio y vinculante desde la fecha de su aceptación.

5.2  El Contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo cualquiera de las partes ponerle término en cualquier tiempo, a través de la aplicación móvil de SumUp, en los términos estipulados en la cláusula Séptima de este Contrato.

SEXTO: TARIFAS

6.1  Deberás pagar a SumUp las comisiones que se describen en el Anexo I al presente Contrato, el cual se entiende formar parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

6.2  SumUp estará facultada para revisar el porcentaje de comisión antes indicado. Esta revisión será efectuada por SumUp en el mes de diciembre de cada año, para así, en el mes de marzo, ajustar el porcentaje de comisión o tarifa hasta el mes de marzo del año siguiente.

6.3  Todo gasto o impuesto que grave o pueda devengar el otorgamiento del presente instrumento, así como de todas y cada una de las operaciones que se deriven exclusivamente de él, como asimismo los eventuales gastos y costas de cobranza, serán de tu cuenta y cargo.

6.4  Por este Contrato, instruyes, mandatas y autorizas expresamente a SumUp a debitar, desde tu CPF, toda suma que fuere necesaria para cubrir el pago de comisiones, gastos e impuestos que fueren procedentes. Se deja constancia de que, a esta fecha, no existen impuestos ni gastos que sean de tu cargo diferentes de las comisiones indicadas en el Anexo I. Sin embargo, de existir o de ser establecidos por ley en el futuro, los gastos y/o impuestos que deriven del otorgamiento de este Contrato o de las operaciones que en él se describen serán informados oportunamente antes de la finalización de cada operación.

6.5  SumUp te dará cuenta de la ejecución de este mandato en el Estado de Cuenta, con su respectivo detalle, de conformidad se establece en las cláusulas 4.15 y 4.16 precedentes.

6.6  Por este acto, SumUp acepta expresamente el mandato que por el presente Contrato se le confiere, en los términos, con las facultades y sujeto a las obligaciones que en él se expresan.

SÉPTIMO. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

7.1  Terminación del Contrato por ti. ****Podrás poner término al Contrato sin expresión de causa, siguiendo éstos pasos:

  • Ingresar a la aplicación móvil SumUp (podrían ser requeridos el usuario y contraseña).

  • Seleccionar “Cuenta Digital”.

  • Seleccionar “Transferir” (para rescatar todo el saldo de la CPF hacia una cuenta del titular en otro banco).

  • Seguir pasos para hacer la transferencia o rescate por el monto total del saldo disponible en la cuenta.

  • Después de realizar el rescate y una vez que el saldo es 0, en la parte inferior de la pantalla, seleccionar “Más”.

  • Seleccionar “Eliminar cuenta”. Para poder realizar la acción el saldo deberá ser igual a 0.

7.2  Terminación del Contrato por parte de SumUp. SumUp podrá poner término de inmediato al Contrato por alguna de las siguientes causales:

(i)   Si no cumples íntegra y oportunamente todas y cada una de tus obligaciones para con SumUp;

(ii)  Si SumUp detecta una actuación fraudulenta o ilícita de tu parte relacionada con la ejecución del Contrato, o haces mal uso o uso fraudulento de los Servicios habilitados por SumUp, sin perjuicio de las demás acciones legales que sean pertinentes;

(iii)    si no declaras oportuna y debidamente el origen de los fondos depositados en la CPF, si hubieres incurrido en omisiones o falsedades en las informaciones proporcionadas al solicitar cualquier producto o servicio, o si de cualquier otra forma no cumples con las solicitudes que, razonablemente, SumUp efectúe a fin de dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y en general, si estás incorporado en cualquier lista o nómina de personas con las cuales SumUp se encuentre impedido de operar;

(iv)    si solicitas tu liquidación voluntaria, o uno o más de tus acreedores solicitan tu liquidación forzosa, y, en general, en todos aquellos casos en los que te encuentres sometido a un Procedimiento Concursal de aquellos regulados en la ley 20.720;

(v)    si hubieres sido formalizado o condenado por un crimen o simple delito;

(vi)   si revocares cualquier mandato que hayas conferido a SumUp en virtud de este Contrato;

(vii)  si falleces o eres declarado interdicto;

(viii)    si no utilizas su Tarjeta durante un plazo superior a 1 año o no actualizas la App en el mismo plazo una vez comunicada dicha actualización por parte de SumUp;

(ix)     si incurres en conductas, omisiones o actos verbales o físicos que sean constitutivos de agravio, ofensa, malos tratos, insultos, violencia o en cualquier otra forma produzcan una afectación a la integridad física o psíquica a cualquier persona que dependa o preste servicios a SumUp; y/o

(x)    en los demás casos en que la ley u otra normativa aplicable así lo establezcan.

7.3  Si SumUp decidiera poner término al Contrato por alguna de las causales antes individualizadas, deberá informarte de dicha decisión por escrito, mediante comunicación enviada al correo electrónico que mantengas registrado. A partir de la fecha en que se efectúe dicha comunicación, SumUp tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para proceder al cierre de la CPF y restituir tus fondos al medio que nos indiques, deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado a SumUp.

7.4  Sin perjuicio de lo estipulado anteriormente, SumUp podrá proceder a la suspensión inmediata de uno o más de los servicios o funcionalidades asociadas a la Tarjeta cuando concurra alguna de las causales descritas en la presente cláusula, con la finalidad de precaver un perjuicio a SumUp, a ti, tus herederos y sucesores, o a terceros, o evitar un uso ilícito o fraudulento de los Servicios.

OCTAVO: RESGUARDO Y SEGURIDAD DEL SISTEMA

8.1  Es tu obligación mantener tanto tu Tarjeta en un lugar seguro bajo tu custodia personal, como mantener tus claves y medios de autenticación proporcionados por SumUp en carácter de estrictamente confidenciales y no revelarlas a ninguna persona.

8.2  También, te obligas a no generar copias físicas o digitales de tu Tarjeta ni de los datos contenido en ella. Las claves de acceso a los canales remotos habilitados por SumUp, así como toda otra medida de seguridad o autenticación proporcionada a ti bajo el presente Contrato son secretas, personales e intransferibles, por lo que te obligas a mantener la debida diligencia, confidencialidad y cuidado en su utilización.

8.3  En caso de mal uso o cualquier otra circunstancia similar que afecte a tu Tarjeta o medios de autenticación, deberás dar aviso inmediato a SumUp a través de la App para su bloqueo o, si así lo requieres, la eliminación de tu Tarjeta. Particularmente, tratándose de extravío, hurto, robo o fraude con tu Tarjeta y/o fraude en una transacción electrónica, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 20.009, deberás avisarnos tan pronto como tengas conocimiento de dicha situación para limitar tu responsabilidad respecto de las operaciones que se realicen con posterioridad al aviso. Tratándose de operaciones realizadas con anterioridad a dicho aviso, deberás reclamar todas aquellas que no hayas autorizado o consentido, dentro de los 30 días hábiles siguientes al primer aviso, pudiendo incluir operaciones realizadas en los 120 días corridos anteriores a la fecha del primer aviso.

Si el monto total reclamado es igual o inferior a 5 UF, procederemos a restituir los fondos objetados, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha del reclamo. Si el monto reclamado es superior a 35 UF, restituiremos los fondos objetados por 35 UF en el mismo plazo. Respecto del monto superior a dicha cifra, tendremos 7 días para restituirlos o ejercer las acciones correspondientes, notificándote la decisión que adoptemos. Si en el plazo anterior recopilamos antecedentes que acrediten la existencia de dolo o culpa grave por tu parte, podremos ejercer las acciones competentes.

Si el tribunal competente declara por sentencia firme o ejecutoriada que no existen antecedentes suficientes que acrediten la existencia de dolo o culpa grave de tu parte, te restituiremos el saldo retenido, debidamente reajustado según la tasa de interés máxima convencional calculada desde la fecha del aviso, y al pago de las costas personales o judiciales.

Ahora bien, si se acreditare por sentencia firme o ejecutoriada que has participado en la comisión del delito, que obtuviste un provecho ilícito o que actuaste con dolo o culpa grave facilitando su comisión, dejaremos sin efecto restitución de fondos, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan según la normativa aplicable.

8.4  Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula 8.3, SumUp podrá suspender o bloquear temporalmente los Servicios contratados en forma total o parcial, en caso de detectarse operaciones o intento de operaciones que pudieran revestir el carácter de fraudulentas, por uso indebido, caso fortuito u otras circunstancias graves que por su particularidad hagan presumir que pueda estar en riesgo tus intereses y/o de SumUp.

8.5  Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula 8.3, facultas a SumUp, o a quien ésta designe, para realizar las revisiones que considere necesarias o convenientes para verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones dispuestas en este Contrato y también te obligas a dar respuesta fidedigna a las consultas o encuestas que al efecto te requiera SumUp.

NOVENO: INFORMACIÓN POR INTERNET Y COMUNICACIONES POR WHATSAPP

9.1  Sin perjuicio del servicio de atención de reclamos detallado en el Anexo 2 de este Contrato, en la App podrás acceder a información relacionada con tu CPF y efectuar notificaciones entre las partes.

9.2  Adicionalmente, está habilitado un servicio de comunicación vía WhatsApp a través del número +56442044345 desde el cual te podrás poner en contacto con nosotros en caso de requerir Soporte.

9.4  Las partes acuerdan que quedan exentas de toda responsabilidad y liberadas del cumplimiento de sus obligaciones, si por razones de caso fortuito o fuerza mayor tales como sismos, cortes de energía eléctrica y/o del servicio telefónico y/o de líneas de transmisión de datos, intervenciones de redes por parte de terceros, no funcionamiento de redes públicas y/o privadas, actos terroristas, huelgas u otros similares, no se pudiere mantener en funcionamiento u operativos los Servicios.

DÉCIMO: PRIVACIDAD

10.1 SumUp llevará a cabo el tratamiento de tus datos personales con sujeción a lo dispuesto en la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, o cualquiera que en el futuro la reemplace o sea aplicable.

10.2 Por este acto, autorizas a SumUp a acceder, recolectar, almacenar, procesar y, en general, a tratar, por sí o a través de terceros, los datos personales que SumUp requiere para la prestación de los Servicios, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los siguientes (los “Datos Personales”):

a)     Datos de individualización, tales como: tu nombre, RUT, edad, sexo, domicilio, correo electrónico, teléfono y actividad profesional;

b)     Datos de CPF y Tarjeta, tales como: número de tu CPF, número y tipo de Tarjeta, estados de cuenta¸ código del país, dirección postal y de facturación, historial y comportamiento de gastos, cuenta interna y aplicaciones instaladas;

c)     Datos a los que SumUp tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitudes o contrataciones de productos y/o servicios que realices; y

d)     información relativa a los servicios contratados con SumUp.

10.3         Los Datos Personales serán tratados por SumUp con el propósito de:

(i)              cumplir con las obligaciones que le impone el Contrato;

(ii)             desarrollar, materializar e implementar acciones comerciales, tales como acuerdos comerciales o alianzas con terceros, relacionadas a los productos y servicios de SumUp;

(iii)            perfeccionar, materializar y/o implementar productos y servicios que SumUp ponga a tu disposición por cualquier medio;

(iv)           agregar nuevas funcionalidades o beneficios o implementar modalidades o características que mejoren la calidad y/u oportunidad de prestación de servicios y/o productos puestos a tu disposición;

(v)             identificar potencial actividad fraudulenta o ilícita; y

(vi)           ofrecerte productos y servicios distintos de aquellos objeto del Contrato.

10.4         Asimismo, autorizas a SumUp a comunicar, ya sea dentro de Chile o al extranjero, tus Datos Personales a los proveedores, filiales, sociedades relacionadas de servicios y a los terceros con quienes SumUp suscriba acuerdos comerciales o alianzas relacionados a sus productos y servicios (los “Terceros”). Para tu conocimiento, dentro de los Terceros se encuentran los operadores de tarjetas de pago autorizados como tales, conforme a la normativa local aplicable, y los titulares de las marcas de tarjetas estampadas o referidas en la Tarjeta.

10.5         Por este acto, y en conformidad a la Política de Privacidad, declaras que conoces, entiendes y aceptas la Política de Privacidad, en virtud de la cual consientes en la recolección, uso, tratamiento y transferencia de tu información por parte de SumUp, para que demos cumplimiento a nuestras obligaciones legales y contractuales, conforme estas se indican en la Política de Privacidad.

10.6         Los Datos Personales se conservarán mientras se mantenga vigente el Contrato o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones dispuestas por la ley. Lo anterior es sin perjuicio de tu derecho para requerir la cancelación y eliminación de tus Datos Personales en cualquier momento. Ahora bien, debes tener presente que en caso de que decidas revocar tu consentimiento para la recolección, uso, tratamiento y transferencia de su información por parte de SumUp, SumUp podría verse impedida de seguir prestando los Servicios y, por lo tanto, dicha revocación será una causal de término anticipado del Contrato, sin derecho a compensación o indemnización alguna.

DÉCIMO PRIMERO: DISPOSICIONES FINALES.

11.1         Cualquier notificación de SumUp se realizará a la dirección indicada por ti en el Registro, la que deberá estar actualizada en tu Cuenta. A su vez, las comunicaciones a SumUp se realizarán a la dirección de correo electrónico [email protected] u otros medios de los que SumUp disponga en el futuro para estos efectos los que serán informados debidamente.

11.2         El presente Contrato no cuenta con Sello SERNAC.

11.3         Para todos los efectos de este Contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. Sin perjuicio de lo anterior, podrás, en cualquier caso, ejercer las acciones que correspondan conforme a las disposiciones de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Este Contrato se rige por la ley chilena.

11.4         Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl.

ANEXO UNO

LÍMITES Y COMISIONES

ANEXO DOS

SERVICIO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS

En caso de consultas, sugerencias y/o reclamos, cuentas con los siguientes canales de contacto:

Central telefónica al +56225822178, WhatsApp +56442044345, RRSS y correo electrónico [email protected]. Los horarios de atención los puedes encontrar directamente en nuestro sitio web: www.sumup.cl.

Por medio de nuestros canales oficiales , intentaremos solucionar tu problema y/o reclamo lo más pronto posible.Generando un requerimiento interno, y entregándote un número de solicitud.

En la App es posible generar consultas autoatendidas de índole informativo.

A través de este servicio, podrás, realizar consultas relacionadas con tus productos, denunciar transacciones y actividades no reconocidas, dar solución a emergencias, y/o solicitar el cierre de productos, entre otros.

Los procedimientos de reclamaciones que se formulen por estos medios no excluyen el ejercicio de tus derechos, ni el ejercicio de las acciones legales ante los organismos,

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF en www.cmfchile.cl