El desglose de IVA en las facturas
Desglosar el IVA de una factura es obligatorio. No porque lo digamos nosotros en SumUp Facturas, sino porque lo dice el Reglamento de facturación, que son palabras mayores.
Según el artículo 6 de dicho Reglamento, al hacer facturas no solo se debe señalar el tipo de IVA que se aplica sobre cada producto o servicio, sino también la cuota tributaria.
Por cuota tributaria se entiende la cantidad de impuesto que se añade sobre la base imponible, es decir, sobre el importe a pagar antes de impuestos.
El desglose de IVA
Pues bien, por desglose de IVA se entiende eso: mostrar en la factura que se emite no sólo la cantidad total a pagar, sino también consignar, por separado, el importe antes de impuestos (la base imponible) y el impuesto.
La manera en que se debe desglosar te la mostraremos a continuación usando como ejemplo una factura generada por SumUp Facturas:
Como tú mismo puedes observar, tienes que señalar claramente en la factura la base imponible o subtotal sin IVA (1.000 euros), el tipo de IVA a aplicar (el 21%), la cantidad de IVA que se añade (210 euros) y, finalmente, el total con IVA incluido (1.210 euros).
Calcular el desglose de IVA
Aunque uses un programa para hacer facturas que te automatice el cálculo - tal es el caso de SumUp Facturas -, es recomendable, de todas formas, saber calcular el desglose de IVA de una factura.
¿Qué hay que tener en cuenta? Es sencillo. Solo necesitas dos datos:
La base imponible (el importe antes de impuestos).
El tipo de IVA que se aplica.
Por poner un ejemplo fácil: la base imponible es de 100 euros y el tipo de IVA a aplicar es el general, el del 21%. Pues bien, en primer lugar tienes que calcular el 21% (de IVA) de 100 (euros de base imponible):
100 x 0,21 = 21 euros.
21 euros es la cuota tributaria, es decir, la cantidad de IVA que tienes que añadir a la base imponible (100 euros).
El importe final, por tanto, sería 121 euros.
Factura sin desglose de IVA
Hay determinadas actividades que están exentas de IVA (puedes consultarlas en facturas exentas de IVA). En estas, lógicamente, no hay que desglosar el IVA en la factura, aunque sí que hay que señalar que estas actividades están exentas de IVA.
Ahora bien, cualquier actividad que esté gravada con IVA tiene que reflejar el desglose sin excepción.
¿Sin excepción? Bueno, sí, existe una muy particular: el REBU, el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
En este tipo especial de régimen de IVA las facturas se emiten con IVA, pero no hay que desglosarlo. El IVA se entiende en el precio total de la factura.
Pero el REBU es solo una pequeña excepción. Para el resto de actividades con IVA, como te hemos comentado, rige la regla del desglose.