Facturar en otra moneda
Los autónomos y las empresas que se dedican al comercio exterior se encuentran a menudo con el siguiente dilema: ¿en qué moneda hacer la operación con el cliente?
A continuación, surgen las dudas: ¿qué he de tener en cuenta para hacer la factura? ¿Cómo afectará a mi contabilidad? ¿Me aceptará la Agencia Tributaria una factura en moneda extranjera?
¿Puedo facturar en otra moneda?
La Ley permite hacer facturas en otra moneda. El artículo 12.1 del Reglamento de facturación lo deja claro:
“Los importes que figuran en las facturas podrán expresarse en cualquier moneda”.
Dicho así, pues, la respuesta es clara: sí, se puede hacer una factura en otra moneda y la Agencia Tributaria la aceptará. Pero: ¿cómo hacerla?
Cómo hacer una factura en otra moneda
Para hacer una factura en otra moneda, solo tienes que tener en cuenta dos aspectos:
Has de indicar el código de la divisa. Por ejemplo, el código del dólar estadounidense es USD. El del franco suizo, CHF. El de la libra esterlina, GBP.
Debes señalar el tipo de cambio. Generalmente, se usa el tipo de cambio de la fecha en que tuvo lugar la operación. Si esta fue con fecha de 11 de mayo, el tipo de cambio que usarás será el del 11 de mayo. El tipo de cambio lo puedes consultar en la página web del Banco de España.
El resto de la factura es exactamente igual. Para no hacernos repetitivos, puedes descargarte cualquier plantilla de factura en nuestra web: Modelo de factura en Word y en Excel.
¿Que la tienes que hacer en otro idioma? Entonces consulta el artículo: Facturar en otros idiomas. Ahí encontrarás información sobre cómo hacer la factura en inglés.
¿Cómo declarar una factura en otra moneda?
Para empezar, esto no debe preocuparte: Hacienda se las sabe todas para que no se escape ningún impuesto. Así que contempla la eventualidad - o la costumbre - de que tengas que hacer una factura en otra moneda.
Ahora bien, para declarar una factura en otra manera has de tener presente dos cosas:
Que el impuesto que se repercuta en la factura se exprese en euros.
Que se tome como referencia para el tipo de cambio la fecha de devengo, esto es, cuando tuvo lugar la operación (prestación del servicio o venta del bien).
Sobre esto último, como decíamos antes, es el Banco de España el que fija el tipo de cambio.
Por último, ¿qué ocurre con la contabilidad? Pues bien, aunque se pueden emitir facturas en otras monedas, la contabilidad solo la puedes llevar en una moneda. Esta puede ser distinta a la moneda del país donde tributas, según reza la norma 11.ª del Plan General de Contabilidad (PGC). Aunque no sea lo más habitual y, seguramente, lo más recomendable.