El IVA transfronterizo
Todos los países de la Unión Europea están sometidos a la misma normativa de IVA internacional. Es lo que se conoce como IVA transfronterizo.
El IVA transfronterizo también incluye el IVA intracomunitario, sobre el que te hablamos en cómo hacer una factura con IVA intracomunitario.
Las normas del IVA transfronterizo, ahora bien, no solo se circunscriben al IVA a nivel intracomunitario, sino también a las relaciones comerciales con profesionales y empresas de países de fuera de la Unión Europea.
Las reglas del IVA transfronterizo
Cuando hablamos de IVA transfronterizo, hacemos referencia generalmente a dos niveles:
el nivel intracomunitario, es decir, entre países de la UE;
el nivel extracomunitario, es decir, con países no pertenecientes a la UE.
Del IVA intracomunitario te hablamos en otro sitio, por lo que nos remitimos a ese artículo citado más arriba y aquí no le daremos más vueltas.
En este artículo trataremos sobre el IVA que se aplica cuando un profesional o empresa de la UE opera fuera de la UE.
Resumidamente, en la venta de un bien o servicio no se tiene que aplicar el IVA. Ahora bien, si el servicio luego se emplea en otro país de la UE, puede que ese país intracomunitario decida cobrar el IVA.
Cómo aplicar el IVA transfronterizo a tus facturas
Como comentábamos antes, si eres un profesional o empresa que vende bienes o servicios fuera de la UE, no debes aplicar el IVA.
Esto quiere decir que al hacer una factura, esta debe ir sin IVA y mostrarse tal y como puedes observar en esta factura generada con el programa para hacer facturas SumUp Facturas:
Deducir el IVA transfronterizo
Hasta aquí hemos hablado del IVA transfronterizo de las ventas. ¿Pero qué ocurre con el IVA transfronterizo de las compras?
Pues bien, la normativa europea dice lo siguiente:
Si se adquieren bienes con fines comerciales a un proveedor de fuera de la UE, se tiene que pagar el IVA en el punto de importación.
Si se compran servicios con fines comerciales a un proveedor residente en un país no perteneciente a la UE, se debe pagar el IVA español, como si el comprador hubiera prestado el servicio.
En ambos casos, el IVA se puede deducir en el modelo 303. El documento justificativo, en el caso de la compra de un bien, sería el despacho aduanero (DUA), y el IVA se declararía como bien de importación (casillas 32 y 33).