Certificado de denominación social - ¿Qué es el certificado de denominación social?
El certificado de denominación social es un documento que emite el Registro Mercantil y que acredita que no existe otra sociedad con ese mismo nombre.
La denominación o razón social de tu empresa es parte de la información que debes incluir a la hora de hacer facturas.
El certificado de denominación social es necesario para poder constituir una sociedad. Para ello, hay que solicitarlo al Registro Mercantil, que será el encargado de una certificación favorable en la que se indique el nombre con el que se identificará la sociedad.
Para que el Registro emita este certificado, el nombre ha de ser original, es decir, no puede estar utilizándolo ninguna sociedad ya registrada.
Este certificado de denominación social se conoce también como certificación negativa.
Cómo solicitar la certificación negativa
La certificación negativa se puede solicitar de varias formas:
De manera telemática a través la página web del Registro Mercantil Central.
También se puede hacer en las oficinas del Registro Mercantil Central, de manera presencial.
Por correo certificado, enviando una solicitud a la que el Registro responderá por correo certificado.
Mediante un notario.
Además, para agilizar el proceso, tras la aprobación de la ley 13/2013 de apoyo a los emprendedores se creó la Bolsa de Denominaciones Sociales. Esta bolsa incluye denominaciones que están disponibles para ser asignadas de manera inmediata.
Ten en cuenta que debe ser uno de los socios quien realice la reserva de la denominación en el registro civil. Una vez confirmada, se mantiene durante seis meses y si pasado ese tiempo no se ha inscrito la sociedad, la denominación queda libre de nuevo.
Por otro lado, la certificación negativa tiene una validez de 3 meses renovables por otros tres.
Excepciones en la solicitud del certificado de denominación social
Todas las sociedades deben contar con una certificación negativa de denominación para poder registrar su denominación social en el registro, con dos excepciones:
La Sociedad Limitada Nueva Empresa: en este caso la denominación social vendrá dada por los apellidos y el nombre de uno de los socios fundadores y por un código alfanumérico. En este caso, la solicitud de la denominación social se realizará a través del Sistema CIRCE.
La Sociedad Cooperativa: estas sociedades deben realizar la solicitud de denominación social en el Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Denominación social, razón social y nombre comercial
La denominación o la razón social en el ámbito jurídico se utilizan para identificar legalmente a una empresa, y no se deben confundir con el nombre comercial de la misma o su marca.
La denominación o razón social son fácilmente distinguibles, porque en el caso de las sociedades éste siempre irá sucedido por las siglas S.A, S.L., etc., y en el caso de los autónomos la razón social coincidirá con su nombre y apellidos.
Por otro lado, el nombre comercial debe registrarse en la Oficina Española de Patentes y Marcas y sirve para distinguir a la empresa en el mercado. Ambas denominaciones pueden coincidir, pero no han de hacerlo necesariamente.
Es importante tener esto en cuenta, por ejemplo, a la hora de facturar, para saber si debes incluir en tus facturas el nombre comercial o la razón social.