Cuota de autónomo - ¿Qué es la cuota de autónomo?
Se trata del importe mensual en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social que deben pagar todos los autónomos.
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Todos los autónomos, como trabajadores (por cuenta propia, pero trabajadores, al fin y al cabo), deben pagar cada mes sus correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social.
Al importe regular y mensual de estas cotizaciones se lo conoce como cuota de autónomo.
¿Por qué una cuota de autónomo?
Los autónomos, al darse de alta, están obligados a cotizar en la Seguridad Social.
Esta cotización, que implica pagar mensualmente el mismo importe (una cuota), le cubre en situaciones de asistencia sanitaria, incapacidad temporal y baja por maternidad y determina la cuantía de su pensión de jubilación.
Cotizar a la Seguridad Social para el autónomo no es una opción. De ahí que aquellos autónomos que no se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social puedan incurrir en sanciones, además de estar obligados a ingresar las cuotas que no ingresaron desde que empezaron su actividad.
Cálculo de la cuota de autónomo
La cuota de autónomo se calcula en función de la base de cotización que el autónomo elija libremente. Las distintas bases de cotización, con su correspondiente cuota, las publica anualmente la Seguridad Social y se fijan en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
La base mínima de cotización para 2020, antes de aprobarse los PGE, fue de 944,40 euros, lo que implica una cuota mensual de 283,3 euros. La base máxima fue de 4.070 euros, lo que supone una cuota máxima de cotización de 1.221,03 euros al mes.
Cuota mínima de autónomo
La mayoría de autónomos (más del 80 por ciento) elige cotizar por la base mínima. Una cotización menor implica una protección menor en todos los supuestos que cubre la cuota mínima (baja por enfermedad, accidente, desempleo y pensión).
A partir de los 48 años, se restringen las bases de cotización del autónomo: debe cotizar, en 2020 y a falta de unos PGE actualizados, entre una base de 1.018,50 y 2.077,80 euros.
La cuota de autónomo y la tarifa plana (o cuota de autónomo de 50 euros)
La tarifa plana es una forma de bonificación para nuevos autónomos. Hasta 2018 la tarifa plana era de 50 euros en el caso de la cuota mínima. A partir de 2019 se elevó a 60 euros a cambio de una ampliación de la protección social del autónomo.
Así, aquellos que no hayan ejercido como autónomos en los últimos dos años, pueden pasar a pagar una cuota de 60 euros durante los 12 primeros meses de actividad.
Pasado ese tiempo, la cuota aumenta progresivamente:
Del mes 13 al 18, aumenta hasta suponer el 50% de la cuota normal (141,65 euros en 2020).
Del mes 19 al 24, aumenta hasta suponer el 30% de la cuota normal (198,31 euros en 2020).
La tarifa plana está disponible para todos los autónomos, también los autónomos societarios después de un cambio de criterio de la Seguridad Social en septiembre de 2020.
Sin embargo, los autónomos en régimen de pluriactividad y los autónomos colaboradores no pueden beneficiarse de ella.
La cuota de autónomo y la ley de autónomos
La nueva ley de autónomos aprobada a finales de 2017 trajo novedades por lo que respecta a la forma de cotizar.
Aparte de extender la tarifa plana y hacerla más asequible a todos los autónomos, flexibilizó el pago de las cuotas.
Desde su entrada en vigor, los autónomos pueden cambiar de base de cotización hasta cuatro veces al año y al darse de alta solo pagarán los días que cotizarán el primer mes (y no el mes entero) y al darse de baja solo pagarán la cuota proporcional de lo cotizado durante el mes de baja, en lugar del mes completo.
¿Qué día del mes se paga la cuota de autónomo?
El autónomo es el responsable de hacer el ingreso de la cuota de autónomo a la Seguridad Social. Tal y como señala el organismo público, el autónomo puede hacer el ingreso durante el transcurso del mes.
Ahora bien, si el pago está domiciliado, la Tesorería General de la Seguridad Social suele hacer el cargo el último día del mes.
Qué ocurre al pagar la cuota de autónomo atrasada
Los retrasos en el pago de la cuota de autónomo - y en general, en cualquier obligación de pago a la Seguridad Social y Hacienda - no queda impune.
Impune, entiéndase, en el sentido administrativo - no penal - de que supone un recargo. En concreto:
Recargo del 10% si el retraso es de un mes.
Recargo del 20% si el retraso es superior a un mes.
La cuota de autónomo societario
Los autónomos societarios pagan una cuota superior a la de los autónomos regulares. La base mínima de cotización es más elevada (1.214,10 euros en 2020), por lo que la cuota también es superior (367,8 euros al mes en 2020).
Un tipo de cuota también más elevada afecta a aquellos autónomos con 10 o más trabajadores a su cargo. La base mínima en 2020 era de 1.214,10 euros (367,8 euros de cuota).
Cuota autónomo colaborador o familiar
Los autónomos colaboradores tienen derecho a una bonificación durante los primeros 24 meses de alta, siempre y cuando no hayan estado dados de alta 5 años antes.
La bonificación consiste en lo siguiente:
50% sobre la cuota regular de autónomo durante los primeros 18 meses.
25% sobre la cuota regular de autónomo durante los posteriores 6 meses.
Pasado ese periodo, el autónomo colaborador debe pagar la cuota regular de autónomo.
La cuota de autónomo en pluriactividad
Los autónomos en pluriactividad deben pagar la cuota en proporción, según el trabajo por cuenta ajena sea a tiempo parcial o a tiempo completo.
Cuando la jornada es a tiempo completo se aplicará de la siguiente manera:
Se paga el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses.
Se paga el 75% de la base mínima en los 18 meses siguientes.
Si la ocupación es a tiempo parcial (por encima del 50%), la aplicación es la siguiente:
75% de la base mínima en los primeros 18 meses.
85% de la base mínima en los siguientes 18 meses.
La cuota del autónomo dependiente o autónomo TRADE
El autónomo dependiente (TRADE) es un tipo de autónomo peculiar, pues su facturación depende en un 75% o más de un mismo cliente.
Es por ese motivo por el que tiene una regulación propia y por el que la legislación contempla la posibilidad de acceder a tipos de base de cotización diferenciadas.
No obstante, los autónomos dependientes - mientras la normativa no diga lo contrario - cotizan por las mismas bases de cotización que cualquier otro autónomo.
Cómo contabilizar la cuota de autónomo
La cuota de autónomo supone un gasto. Y aunque no venga con factura, el autónomo la debe registrar en su libro de gastos.
En el caso de los autónomo societarios, la sociedad puede hacerse cargo del pago de la cuota (aunque el responsable último sea el autónomo societario). En tal caso, se considera una retribución en especie y puede ir en la cuenta 460 (Anticipos de remuneraciones) o en la cuenta 640 (Sueldos y salarios).
¿Se puede deducir la cuota de autónomo?
La cuota de autónomo, al no estar sujeta a IVA, no se puede desgravar como cualquier otro gasto relacionado con la actividad (ya sea la compra de material, el programa de facturación, etcétera).
No obstante, se puede desgravar por el lado del IRPF a través de la declaración anual de renta sin necesidad de presentar ninguna factura.
La cuota de autónomo en la jubilación activa
Los autónomos que acceden a la jubilación activa tienen que seguir pagando la cuota de autónomo.
Ahora bien, esta cuota no se corresponde con la regular de cualquier autónomo. Es lo que se conoce como cuota de solidaridad y consiste, sobre la base de cotización, de lo siguiente:
El pago de la incapacidad temporal por contingencias comunes, que consiste en el 3,3% sobre la base de cotización.
El pago de un 8% (cuota de solidaridad) sobre la misma base.
También se puede añadir opcionalmente las contingencias profesionales, que son un 0,9% sobre la base.