Pensión de jubilación - ¿Qué es la pensión de jubilación?
Es una prestación económica de carácter vitalicio que percibe un trabajador en el momento de su jubilación.
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Todo trabajador tiene derecho a una pensión de jubilación, entendida esta como una prestación económica de carácter vitalicio.
Se trata de un derecho que en España recoge, en su artículo 50, la Constitución: "Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad."
Este derecho constitucional no distingue entre pensiones contributivas y pensiones no contributivas, estas últimas destinadas a aquellos que no alcanzan los requisitos de las contributivas.
Ambos tipos de pensiones, así como sus distintas modalidades, están reguladas en la Ley General de la Seguridad Social.
Requisitos para percibir la prestación de jubilación
Para percibir una prestación contributiva de jubilación, el solicitante ha de que cumplir las siguientes condiciones:
Haber alcanzado la edad de jubilación.
Haber cotizado al menos quince años, dos de los cuales han de haberse cotizado quince años antes de solicitar la prestación.
El cálculo de la pensión de jubilación
La cuantía de la prestación por jubilación se calcula en base a dos factores:
La base reguladora.
El porcentaje que se aplica a dicha base según los años cotizados.
La base reguladora es la media de la base por la que ha cotizado el trabajador en los últimos años. En 2019, se tomaba como referencia los últimos 22 años. A partir de 2022, se tomará como referencia los últimos 25 años.
El porcentaje que se aplica a la base reguladora dependerá de los años cotizados. Alguien que haya cotizado lo mínimo para percibir una pensión contributiva - 15 años - deberá aplicarle el 50 por ciento.
Ese periodo mínimo de 15 años cotizados va incrementándose gradualmente hasta llegar al periodo máximo, que en 2019 era de 35 años y 6 meses cotizados y que en 2027 será de 37 años.
Aun así, conviene señalar que el importe máximo, a pesar de los cálculos, nunca podrá exceder la cuantía máxima establecida anualmente por el Gobierno.
El cálculo de la pensión de jubilación anticipada
La jubilación anticipada es un derecho que asiste a todos los trabajadores, también a los autónomos.
La jubilación anticipada es de dos tipos: la voluntaria y la no voluntaria.
La jubilación anticipada voluntaria se puede solicitar dos años antes de alcanzar la edad legal de jubilación, que en España se ha ido ampliando progresivamente desde 2013 hasta alcanzar, en 2027, los 67 años.
La jubilación anticipada involuntaria, por su parte, se puede solicitar cuatro años antes de la edad legal de jubilación.
Para establecer el cálculo, se aplican unos coeficientes reductores, ya que jubilarse anticipadamente supone una suerte de penalización para el trabajador.
Estos coeficientes varían según la jubilación anticipada sea por motivos voluntarios o involuntarios. Los coeficientes se pueden consultar en la web de la Seguridad Social:
La Seguridad Social ha desarrollado una herramienta electrónica por la que cualquier trabajador puede calcular automáticamente su pensión de jubilación: Autocálculo de la pensión de jubilación.
Pensión máxima de jubilación
La pensión máxima de jubilación es el importe máximo que un jubilado puede percibir anualmente. Ese importe máximo se actualiza cada año por decreto. Por ejemplo, en 2019 la pensión máxima de jubilación era de 2.659,41 euros mensuales.
Para lograr la pensión máxima el trabajador debe haber cotizado lo máximo establecido, que en 2013 se fue ampliando hasta llegar, en 2027, a 37 años.
Pensión mínima de jubilación
La pensión mínima que un trabajador puede percibir también se fija por ley. Esa pensión es la que un trabajador que haya cotizado al menos 15 años - 2 años en los 15 años previos a la jubilación - podrá percibir.
Por ejemplo, en 2019, una persona de 65 años o más percibió 835,80 euros mensuales si tenía un cónyuge a su cargo; 677,40 euros, sin cónyuge, y con cónyuge no a cargo, 642,90 euros.
La pensión mínima va variando también según las siguientes modalidades: por incapacidad permanente, por viudedad, por orfandad y como beneficiario.
La pensión no contributiva de jubilación
La pensión no contributiva de jubilación está pensada para aquellas personas que no reúnen el requisito de años de cotización mínimos - 15 años - para percibir una jubilación contributiva.
Este tipo de pensión también está destinada a personas que no hayan cotizado nunca o que se encuentren en estado de invalidez reconocida por una institución competente.
La personas que la solicitan por jubilación han de demostrar una carencia de ingresos o rentas suficientes, cuya cifra va actualizándose anualmente. Por ejemplo, en 2018 la cifra debía ser inferior a 5.321,40 euros al año.